Despido injustificado
El despido es justificado cuando hay un aviso previo; cuando, si hay un contrato a plazo fijo, éste se ha cumplido y ya se ha renovado automáticamente por más de dos veces; y también, si hay pruebas escritas de que el trabajador ha incurrido en faltas reiteradas a las disposiciones internas del trabajo.
En nuestro país, es común que los despidos se produzcan sin mediar justificación legal. De esta manera, se lesionan los derechos que tienen todos los trabajadores, ya sea del sector público como del sector privado.
Cada situación requiere un análisis especial, dependiendo de las características del empleo o de si el empleador es un ente público o privado, pero de cualquier forma siempre hay elementos comunes en materia laboral que nos indican si la relación y su forma de extinción se ajusta al derecho y respeta los beneficios acordados a los trabajadores por nuestra legislación.
Si usted se encuentra en situación de despido, determine si hay justa causa, si la terminación se da mientras está en gestación, o si se da durante un tratamiento relacionado con una enfermedad de origen laboral. Compruebe que el empleador haya efectuado los aportes legales y que la liquidación contemple en forma proporcional sus derechos a vacaciones, primas, etc. Verifique también que su salario sea igual o mayor al salario mínimo.
http://www.colombialegalcorp.com/consideraciones-despido-laboral-en-colombia/
En caso de los despidos sin justa causa, se debe tener en cuenta lo de las enfermedades contagiosas ya que en el " Literal b, artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 7 del Decreto 2351 de 1965), se habla de que por algunas enfermedades que no son profesionales, se puede despedir al empleado, cosa que preocupa y se deben investigar muy bien para verificar que se puede hacer y si siempre se tiene las de perder o se encuentran otras leyes que protejan al empleado en estos casos.
ResponderEliminarDe acuerdo a lo mencionado en esta publicación y refiriéndome al " El artículo 62 del código sustantivo del trabajo en su literal a señala las justas causa por las que el trabajador puede ser despedido, refiere que : " La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquier otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días" sin embargo es importante anotar que también dice que,
ResponderEliminar"El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al patrono de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad". Por lo tanto es de suma importancia considerar que cada caso es particular y que se deben estudiar a profundidad las causas y razones que el empleador refiera para el despido de dicho empleado tratando siempre de encontrar el equilibrio entre el empleado y el empleador, basados por supuesto en las normas colombianas que nos amparan.
Cuando el motivo de la terminación del contrato laboral no está demostrado o se vulnera el derecho al debido proceso se está frente a un despido sin justa causa. En consecuencia, el empleado puede acudir a una acción de tutela o iniciar un proceso laboral de la mano de un juez para que el empleador se vea en la obligación de pagar una indemnización.
ResponderEliminarUna terminación unilateral quiere decir que no existe causa para finalizar el contrato, por lo que la ley contempla el pago de una indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable.
La entidad autorizada y de apoyo de los ciudadanos en Colombia, para validar y asesorar que una terminación de contrato se de en los términos estipulados por ley es Ministerio de Protección Social. Esta entidad asigna un inspector de Trabajo quien acompaña y establece si existe incumplimiento por parte del empleador.
ResponderEliminarEs de aclarar que el motivo de despedido es determinado por el empleador apartir de la firma del contrato, hay es cuando el empleado tiene que saber que procedimiento se aplica a un despido con justa causa, asesorarse y tener en cuenta el contrato que se firmo para saber si se aplica a algún reconocimiento por parte del empleador.
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